Factura electrónica en España: B2G, B2B y qué cambia con la Ley Crea y Crece
Diferencias entre factura electrónica B2G y B2B, formatos Facturae, firma XAdES y calendario previsto.

La factura electrónica no es un PDF enviado por correo: es un documento estructurado que el receptor puede procesar automáticamente. En España conviven dos escenarios.
B2G: facturar a la Administración
Obligatoria desde 2015 para facturas a las administraciones públicas. El formato es Facturae 3.2.2 y la presentación se realiza normalmente a través de FACe, que exige firma XAdES con certificado del emisor. Un programa puede generar el XML, pero la firma requiere tu certificado.
B2B: la Ley Crea y Crece
La Ley 18/2022 extiende la factura electrónica a las operaciones entre empresas y profesionales. El calendario definitivo depende del desarrollo reglamentario, con plazos diferenciados según la facturación anual de cada empresa. La preparación pasa por poder emitir en formato estructurado y por informar del estado de pago de las facturas recibidas.
Factura electrónica y Veri*Factu: no es lo mismo
- Veri*Factu regula cómo tu sistema registra y conserva las facturas.
- Factura electrónica regula el formato y el envío al destinatario.
Ambas obligaciones conviven y hay que cumplirlas por separado.
Cómo prepararse hoy
- Ten los datos fiscales de tus clientes completos y validados (NIF y domicilio).
- Usa un programa que exporte Facturae y que registre cada factura con huella encadenada.
- Consigue un certificado electrónico si facturas a la Administración.
Más detalle en Facturae y factura electrónica B2B.
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