Software de facturación para autónomos
Software de facturación para autónomos preparado para Veri*Factu
Un programa de facturación online pensado para autónomos: emite facturas y facturas simplificadas en segundos, con retención de IRPF, IVA al 21 %, 10 % o 4 %, código QR de la AEAT y registros encadenados. Empieza gratis, sin tarjeta.
- Facturas, facturas simplificadas y rectificativas (R1–R5)
- Retención de IRPF configurable por cliente y por línea
- Registro de facturación encadenado y QR tributario en cada factura
- Cobros por Stripe y Bizum, y recordatorios automáticos
- Envío de documentos a tu asesoría sin compartir contraseñas
Por qué un programa de facturación para autónomos es distinto
Como autónomo facturas poco volumen pero con reglas propias: retención de IRPF en servicios profesionales, gastos deducibles, modelos trimestrales y clientes que piden factura electrónica. Livegest aplica la retención automáticamente al cliente marcado como profesional y calcula el líquido a percibir sin fórmulas manuales.
- IRPF del 15 % (o 7 % en los primeros años) aplicado en la propia factura
- Numeración correlativa por serie, sin huecos ni facturas borradas
- Exportación a Excel y PDF para el trimestre de tu asesoría
El IRPF en la factura: 15 % y 7 % los tres primeros años
Si eres profesional (actividad de la sección segunda del IAE) y facturas a empresas, autónomos o entidades, tienes que practicar retención de IRPF en la factura. El tipo general es el 15 %. Si acabas de darte de alta puedes aplicar el 7 % en el año de inicio de la actividad y en los dos siguientes, siempre que no hubieras ejercido actividad profesional en el año anterior. La retención se calcula sobre la base imponible, nunca sobre el IVA, y no cambia lo que debes ingresar de IVA: solo reduce el importe que cobras, porque tu cliente ingresa esa retención por ti.
- Marcas el porcentaje en el cliente o en la propia factura y se aplica solo
- El PDF muestra base, IVA, retención y líquido a percibir, en formato es-ES
- No se practica retención cuando facturas a particulares ni cuando tu actividad es empresarial (estimación directa en sección primera del IAE)
- Si estás en recargo de equivalencia como comerciante minorista, no hay retención pero sí recargo
- Los importes retenidos quedan en un informe para cuadrar con el modelo 130 y con los certificados de retenciones
Los tipos de IVA que vas a usar: 21 %, 10 % y 4 %
En España conviven tres tipos: el general del 21 %, el reducido del 10 % (hostelería, transporte de viajeros, algunas obras de vivienda, determinados alimentos) y el superreducido del 4 % (pan, leche, huevos, frutas y verduras, libros, medicamentos, prótesis). Livegest guarda el tipo en el artículo, así que cada línea sale con el que le toca y el resumen de la factura desglosa las bases por tipo, tal como exige el reglamento de facturación.
- Operaciones exentas del artículo 20 de la Ley del IVA (formación reglada, sanidad, seguros, alquiler de vivienda): la factura se emite sin IVA y con la mención de la exención
- Recargo de equivalencia del 5,2 %, 1,4 % o 0,5 % cuando vendes a un minorista acogido al régimen
- Inversión del sujeto pasivo y operaciones intracomunitarias con la mención legal correspondiente
- IGIC en Canarias e IPSI en Ceuta y Melilla
Factura simplificada frente a factura completa
La factura simplificada (lo que antes llamábamos ticket) puede emitirse cuando el importe total no supera los 400 € con IVA incluido, o los 3.000 € en determinadas actividades como comercio al por menor, hostelería, taxis, peluquerías o aparcamientos. También sirve para las facturas rectificativas de una simplificada. Lleva menos datos: no hace falta identificar al destinatario ni desglosar la base y la cuota, basta con indicar el tipo aplicado o la expresión «IVA incluido».
- Si tu cliente necesita deducirse el IVA, tiene que pedirte factura completa con su NIF y domicilio
- Puedes convertir una simplificada en completa emitiendo la factura con los datos del destinatario
- Ambas generan registro de facturación encadenado y QR de cotejo: para Veri*Factu no hay diferencia
Lo que necesitas para el modelo 303 y el modelo 130
Livegest no presenta declaraciones ni te da de alta en ningún trámite: lo que hace es darte los datos cuadrados para que los rellenes tú o tu asesoría. Del lado del IVA tienes el informe de IVA repercutido por tipo y periodo, con las bases y cuotas ya sumadas, que es exactamente lo que pide el modelo 303. Del lado del IRPF tienes los ingresos del trimestre y las retenciones practicadas, que es la base del modelo 130 de pago fraccionado.
- Informe de IVA repercutido por trimestre y por tipo (21/10/4 %), exportable a Excel
- Listado de facturas emitidas con base, cuota, retención y estado de cobro
- Resumen anual para cuadrar con el modelo 390 y con el 190 de tu cliente
- Envío del paquete del trimestre a tu asesoría desde el portal, sin adjuntos por correo
App para facturar: emite desde el móvil
Livegest funciona en el navegador del móvil como una app para facturar instalable: la añades a la pantalla de inicio y emites al terminar el trabajo, en casa del cliente o en la obra. No hay licencia por equipo ni instalación, y lo que emites desde el móvil es la misma factura, con la misma serie y el mismo registro encadenado que si la hicieras desde el ordenador.
- Emisión en pocos toques a partir de artículos y clientes guardados
- Envío por correo o WhatsApp con enlace de pago por Stripe o Bizum
- Consulta de cobros pendientes y recordatorios automáticos
Veri*Factu para autónomos: 1 de julio de 2027
Si eres autónomo en estimación directa, tu software de facturación tiene que cumplir el RD 1007/2023 a partir del 1 de julio de 2027 (las sociedades del Impuesto sobre Sociedades entran antes, el 1 de enero de 2027). Cada factura genera un registro de alta con huella SHA-256 encadenada con la anterior y un QR de cotejo, y las facturas emitidas dejan de poder borrarse: se corrigen con rectificativa. Migrar antes de la fecha te evita hacerlo con prisas en pleno trimestre.
- Modo VERI*FACTU: los registros se remiten a la AEAT en el momento de emitir
- Modo no VERI*FACTU: se conservan firmados e íntegros a disposición de la Administración
- En Livegest lo tienes en todos los planes, también en el gratuito
Si hoy facturas en Excel o Word
Una hoja de cálculo o una plantilla de Word dejarán de servir cuando Veri*Factu sea obligatorio: no generan registro de facturación, no encadenan huellas, no llevan registro de eventos y se pueden modificar sin dejar rastro, que es justo lo que el reglamento persigue. La migración es más sencilla de lo que parece y no rompe tu numeración.
- Importa clientes y artículos desde CSV o Excel con mapeo de columnas y detección de duplicados por NIF
- Configura la serie y el número siguiente para continuar la correlación desde tu última factura
- Conserva el histórico anterior como archivo durante el plazo legal: no hace falta recargarlo
- A partir de la primera factura emitida en Livegest, la cadena de registros arranca y ya no se interrumpe
Preguntas frecuentes
¿Hay un programa de facturación gratis para autónomos?
Sí. Livegest tiene un plan gratuito para empezar a emitir facturas con QR y registro de facturación, con límite de 5 documentos al mes y 1 usuario. Cuando crezcas, cambias de plan sin migrar datos.
¿Cuánto cuesta el software de facturación para autónomos?
Desde 0 €/mes en el plan gratuito y desde 7,90 €/mes + IVA en el plan Starter, sin coste por factura adicional y sin permanencia.
¿Aplica la retención de IRPF automáticamente?
Sí. Marcas al cliente o a la factura con el porcentaje de retención (15 % o 7 %) y el total a percibir se calcula solo, mostrándose también en el PDF.
¿Cuándo aplico el 7 % de IRPF en vez del 15 %?
Puedes aplicar el 7 % en el año en que te das de alta como profesional y en los dos años siguientes, siempre que no hubieras ejercido actividad profesional en el año anterior al alta. Pasado ese periodo, el tipo general es el 15 %.
¿Puedo emitir factura simplificada?
Sí, cuando el importe total no supera los 400 € con IVA, o los 3.000 € en actividades como comercio minorista, hostelería o transporte de viajeros. Si tu cliente necesita deducirse el IVA, emite factura completa con su NIF.
¿Livegest presenta el modelo 303 o el 130 por mí?
No. Livegest te da los informes con las bases, las cuotas de IVA por tipo y las retenciones del periodo para que los rellenes tú o tu asesoría. La presentación ante la AEAT no la hace el programa.
¿Puedo facturar desde el móvil?
Sí. Livegest se usa desde el navegador del móvil y se puede instalar en la pantalla de inicio como app para facturar, con las mismas series y los mismos registros que en el ordenador.
¿Qué pasa con mis facturas antiguas de Excel?
Se conservan como archivo durante el plazo legal y no hace falta cargarlas. En Livegest importas clientes y artículos, configuras la serie y el número siguiente, y la numeración continúa sin saltos desde tu última factura.
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Por sector
Cada oficio factura a su manera. Estas guías explican la casuística concreta de cada sector, con su vocabulario y sus reglas fiscales.
- Talleres de reparación de vehículos
Presupuesto previo, orden de reparación, recambios y mano de obra, matrícula en la factura.
- Fontaneros, electricistas e instaladores
Factura desde la obra, IVA 10 % o 21 % según el caso, partes de trabajo y desplazamientos.
- Abogados, asesorías y consultoras
Igualas mensuales, provisiones de fondos, suplidos y retención de IRPF.
- Peluquerías, clínicas y estética
Factura simplificada en mostrador, bonos de sesiones, IVA por servicio y cliente recurrente.
- Transporte y mensajería
Albarán de carga y factura por porte, portes pagados o debidos y control de cobros.
- Tiendas online y ecommerce
Factura automática de cada pedido, OSS para ventas a la UE y rectificativas por devolución.