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    Software homologado Verifactu: qué significa realmente (y qué exige la AEAT)

    «Homologado», «certificado» o «compatible» con Verifactu no son lo mismo. Qué acredita de verdad un software y cómo comprobarlo antes de contratar.

    Por Equipo Livegest12 de agosto de 20266 min de leitura
    Software homologado Verifactu: qué significa realmente (y qué exige la AEAT)

    Verás anuncios de software homologado Verifactu y de software certificado Verifactu. Conviene precisar el término, porque la norma no funciona así.

    La AEAT no homologa ni certifica software

    El RD 1007/2023 no crea un registro de programas homologados. Lo que exige es que el productor del software emita una declaración responsable en la que afirme que su sistema cumple el reglamento y la Orden HAC/1177/2024. Por eso lo correcto es decir que un programa está preparado para Veri*Factu, o que es compatible con Verifactu, y respaldarlo con esa declaración.

    Qué debes comprobar tú

    1. Que exista y sea accesible la declaración responsable del fabricante.
    2. Que cada factura lleve el QR de cotejo y, en modo remisión, la leyenda VERI*FACTU.
    3. Que los registros de facturación estén encadenados con huella SHA-256.
    4. Que no se puedan borrar ni modificar facturas: las correcciones se hacen con rectificativas R1–R5.
    5. Que exista registro de eventos del sistema.
    6. Que se pueda operar en modo VERIFACTU (remisión a la AEAT) o en modo no VERIFACTU con firma y conservación.

    Señales de alarma

    • Promesas de «certificación oficial de la AEAT».
    • Posibilidad de eliminar una factura emitida.
    • Ausencia de QR o de registro de eventos.

    Cómo lo hace Livegest

    Livegest genera el registro encadenado, imprime el QR y publica su declaración responsable. Los detalles técnicos están en la página de software Verifactu.

    Compatibilidad: qué tiene que encajar en tu caso

    Que un programa esté preparado para Veri*Factu no basta si no encaja con tu operativa. Revisa la compatibilidad en cinco planos:

    • Fiscal: IVA 21 %, 10 % y 4 %, recargo de equivalencia, retención de IRPF, IGIC en Canarias e IPSI en Ceuta y Melilla, y rectificativas R1–R5.
    • Modo de cumplimiento: poder trabajar en modo VERIFACTU (remisión de los registros a la AEAT) o en modo no VERIFACTU con firma electrónica y conservación de los registros.
    • Tipos de documento: factura completa (F1), simplificada (F2), rectificativas, albaranes, presupuestos y pedidos, cada uno con su serie y numeración correlativa.
    • Factura electrónica: Facturae 3.2.2 firmado en XAdES para B2G (FACe) y hoja de ruta para la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece.
    • Integraciones y datos: API REST, exportación a Excel/PDF y envío al asesor, para que la migración no te ate.

    Si facturas desde el navegador, este bloque de compatibilidad es el mismo que debes exigir a cualquier programa de facturación online y el que desarrollamos en facturación online para pymes.

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